COMITÉ NACIONAL DE TRABAJADORES CONTRATADOS
COMUNICADO Nª 01-2009-CNTC/FENUTSSA
POSICIÓN ANTE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS (CAS) DL N° 1057, REGLAMENTO DS N°075-08-PCM Y MODELO DE CONTRATO RM N° 417-08-PCM
Les saludamos clasista y combativamente en estos primeros días del año, en que se intenta aplicar de manera compulsiva los Contratos CAS en sustitución a los contratos SNP que solo en Salud somos más de 35 000 trabajadores, por todo ello es necesario explicar la naturaleza y carácter de este Régimen Especial de Contratos y sentar una posición de principios:.
1.- El DL N° 1057 consagra un régimen discriminatorio ya que crea trabajadores de segunda
categoría, con derechos recortados y sin ningún tipo de estabilidad laboral, mientras reconoce a
trabajadores con plenitud de derechos como son los nombrados y contratados en planilla, a
pesar de cumplir las mismas funciones y realizar labores permanentes; y es inconstitucional
porque viola los articulo 2 numeral 2 de la Constitución que dice: “derecho a la igualdad ante la
ley. Nadie debe ser discriminado por motivos de idioma, religión,......o de cualquier otra índole”,
viola también los artículos 23 y 26 de la Constitución Política que dicen: “ninguna relación
laboral puede limitar los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad de
trabajador “respeto a los principio de igualdad de oportunidades, carácter irrenunciable de los
derechos reconocidos por la Constitución y la interpretación favorable del trabajador en
caso de duda insalvable sobre una norma. Por todo eso debemos apoyar su derogatoria en el
Congreso vía el proyecto de Ley N° 2742.
2.- Pero la realidad es que mientras tanto esta norma legal ya esta en aplicación y todos estamos
siendo sustituidos de SNP a contratos CAS, y el gobierno mediante el Reglamento y su Modelo
de contrato de la PCM intenta endurecer medidas de sometimiento y recorte de más derechos
laborales como son:
- Obligar a los trabajadores a laborar 48 horas semanales, cuando sabemos que por ley los
asistenciales trabajan 36 horas semanales y los empleados administrativos 40 horas
semanales, aunque la cláusula quinta del modelo de contrato trata de corregir vagamente
- Trata de desconocer los procesos de nombramiento ya en curso como son los de las leyes
28497 y 28560, al desconocer derechos con carácter retroactivo y con esto también
desconoce la LEY 24041 y no nos da un trato especial a los aptos y estando amparados
hasta por tres leyes y dos DS.
- Nos obliga a seguir presentando recibos de honorarios y seguimos siendo renta de cuarta
categoría, es decir como si fuéramos independientes y no de naturaleza permanente.
- Pero lo que más lamentable es que mediante este contrato se refuerza más el despido
arbitrario y la inestabilidad, peor que cuando éramos SNP ya que según el articulo 13.1 del
Reglamento en el literal f te pueden despedir y agotar la vía administrativa con solo
comunicarte 5 días antes y el literal g simplemente te despiden por vencimiento de contrato,
y con esto vuelven a desconocer la Ley 24041 que era la única que nos amparaba
3.- Compañeros pero ustedes se preguntaran ¿que hacer, entonces? Seguir luchando en forma
más organizada y unidos, esto tiene que servirnos que solo con la lucha de todos los
trabajadores y haciendo respetar nuestros derechos laborales ya adquiridos y los consagrados
en la Constitución podemos imponer nuestras justas demandas con son ahora:
- No permitir despido de ningún trabajador, ya que estamos amparados por la Ley N° 24041,
que sigue vigente, y todos los aptos al nombramiento amparados por las Leyes N° 28497,
28560 y 28744 y que tienen más peso legal que el DL N° 1957, su reglamento y su modelo de
contrato del PCM.
- Nivelación de sueldos a los focalizados de acuerdo al grupo ocupacional y sin
discriminación alguna e incremento de sueldos en todas las demás unidades ejecutoras.
- Los nuevos contratos CAS deben firmarse por un año, considerando en sus cláusulas las
leyes 28497, 28560 y 28744 con sus beneficios sociales ya adquiridos como son vacaciones
30 días, pre y post lactancia de acuerdo a las normas de ESSALUD, ya que tendremos
seguro sin periodo de carencia, es decir sin esperar tres meses para atendernos,
capacitación y el tiempo años de servicios que debe especificarse en el contrato.|
- Uniforme institucional y de faena, como tienen los nombrados, y medidas adecuadas de
protección en los tipos de trabajo que lo requieran.
- No se debe permitir que ningún trabajador labore mas de 8 horas diarias o 48 horas
semanales, como se quiere hacer con los de seguridad y limpieza con el cuento de
aumentarles y decirles que no hay presupuesto y falta personal, la institución debe ver la
forma de suplir las carencias , sin necesidad de contratar nuevo personal.
- Se debe estipular en los contratos que las facilidades para permisos por salud, estudios y
razones familiares de fuerza mayor, que no ocasionarán descuentos.
4.- Como vemos compañeros las cosas están más difíciles y ahora se convierte en un deber luchar
en forma mas organizada y contundente, los nuevos contratos CAS solo servirán para
generarnos mas inestabilidad y abrir el camino para seguir despidiendo más trabajadores,
recortar el número de empleados del Estado y empezar la municipalización en Lima
Metropolitana, y con esto vendrá el recorte presupuestal y la privatización de la salud,
encareciendo más los costos de los servicios de salud traduciéndose en un maltrato de los
trabajadores y los pacientes que son los al final cargan el peso del abandono y la crisis que
padece el sector salud.
Compañeros La FENUTSSA , EL Comité Nacional de Trabajadores Contratados, el FERLIMA y los sindicatos base son la mejor garantía para organizarnos sindicalmente, solos no vamos a cambiar el mundo ni derrotar las medidas represivas y neoliberales que solo favorece a los más ricos y poderosos, no te dejes sorprender por grupos divisionistas que no representan a nadie y solo buscan confundir y dispersar a los trabajadores contratados.
Por eso estamos lanzando una campaña de afiliación y organización en nuestra federación, por eso es necesario que nos contactemos y estemos organizados y comunicados y para este martes 27 de enero estamos convocando con el CEN de la FENUTSSA y todos sus Federaciones Regionales y sindicatos base a un paro nacional de contratados a nivel nacional.
¡¡ SALUD UNIDAD CLASISTA Y COMBATIVA!!
¡¡ VIVA EL PARO DE CONTRATADOS, ESTE 27 DE ENERO!!
Elaborado por Miguel Malpartida Martínez
Presidente del Comité Nacional de Trabajadores Contratados
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